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Este jueves 23 de mayo se publicó en Gaceta Oficial número 41.156 el decreto 2.878 en el que se establecen las bases comiciales para la Asamblea Nacional Constituyente. 

En la Gaceta explican que los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente serán elegidos y elegidas en el ámbito territorial y sectorial, mediante el voto universal, directo y secreto, sin perjuicio de los y las integrantes de los pueblos indígenas que serán elegidos y elegidas de acuerdo a sus costumbres y prácticas ancestrales, amparados por los artículos 119 y 125 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 

Además, la Asamblea Nacional Constituyente estará integrada por trescientos sesenta y cuatro (364) miembros escogidos territorialmente; ocho (8) electos por los pueblos indígenas.

 

Se elegirán también Constituyentes Sectoriales cuyo número se obtendrá del cociente entre el registro electoral de cada sector y el factor obtenido para calcular las y los Constituyentes Territoriales, esto es una o un (1) Constituyente Sectorial por cada ochenta y tres mil (83.000) electores del registro electoral sectorial. La Asamblea Nacional Constituyente tendrá una conformación unicameral y solo se elegirán representantes principales